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Miami, Los Angeles 1ro de Marzo de 2007
Señor Doctor don Alan García Pérez Presidente del presente régimen del gobierno del Perú Señora Doctora doña Mercedes Cabanillas Presidenta del Congreso del Presente régimen del gobierno del Perú Señor Doctor don Aurelio Pastor Presidente de la Comisión de Constitución del Congreso Señores y Damas Congresistas, Señores y Damas políticos
Referencia: Convocatoria a los líderes políticos para la "reforma del Estado" Asunto: Pedido de Audiencia Pública a nombre de la Constitucion Política del Perú.
A
todo el pueblo peruano, gobernantes y gobernados:
Con
la autoridad que nos otorga la vigente Constitución de 1979, legítima
y soberana por primera vez en nuestra historia del Perú y,
consecuentemente, fundadora de la auténtica liberación de los peruanos,
nos dirigimos una vez más a todos los peruanos, gobernantes de
turno y ciudadanía en general; nos dirigimos especialmente al gran
pueblo peruano, por residir en ellos el auténtico y libre poder, poder
liberador de toda acción digna y dignificante del ser humano. Nos
dirigimos a Ustedes, a propósito de la convocatoria hecha por el
señor Alan García Pérez, presidente del actual régimen de gobierno
ilegítimo del Perú, a los líderes de los partidos políticos para
“la reforma del Estado”, a efecto de colaborar sobre el punto,
y más que colaborar, a fin de puntualizar y recordar al “señor García
y a sus fieles súbditos” que, no puede haber reforma del Estado
peruano sin antes primero: Este gobierno se legitímise con el
retorno a la Constitucionalidad regida por la Carta de 1979. Y, que
en este caso, no puede haber reforma, sin una reivindicación de
la dignidad de los peruanos y de su derecho a la
autodeterminación. Ya que actualmente los peruanos somos regidos,
porque así lo deciden los que detentan el poder de turno, por
una norma espuria, impuesta por el corrupto régimen
presidido por el Señor Alberto Fujimori, en contra de la voluntad
del pueblo peruano. En segundo lugar, fecho que sea
restablecida la Constitución de 1979, el gobierno legitimizado del señor
Alan García, con todas sus instituciones, y fundamentalmente con el
Poder Legislativo Bicameral, conforme lo regula la Carta
del 79, recién allí se podría incorporar en la Carta del 79 todas las
modificaciones que el pueblo decida, en aras a los adelantos, y a la
acción de reforma del Estado convocada por el entonces
legitimizado gobierno del sí señor Presidente Constitucional Alan García.
Cualquier
camino diferente a lo enunciado anteriormente sería continuar
engañando al pueblo peruano, con el agravante de estarle privando,
concertada y alevosamente, de su derecho a la libre determinación,
optado auténticamente con la Constitución de 1979. Sería la
expresión de las minorías; por cuanto es sabido que materialmente no
existe ninguna mayoría gubernamental; ya que todos los grupos
partidarios en el gobierno son minoritarios. La
única mayoría vigente es la expresada en las últimas
encuestas que asciende al 46%, quienes reclaman el retorno a la legítima
Constitución de 1979. Esta es una expresión numérica que si
eliminamos la expresión de los votos nulos, estaría pasando
sobradamente el 50% de la ciudadanía peruana. Y los suscritos,
integrantes de esta mayoría, al amparo del Art. 307 de la Constitución,
ante la orfandad de una autentica y real representación, asumimos
la representación de esta mayoría y por ende, la representación de la
Constitución del Perú de 1979. De
otro lado, no se necesita de ninguna mayoría parlamentaria para el
legítimo retorno a la Carta de 1979, sino QUE SIMPLEMENTE SE RETORNE
A ELLA. La voluntad de hacerlo recae en una sola persona, con poder
real, en este caso, es en la voluntad del actual jefe de gobierno
del régimen Fujimori de turno, señor don Alan García Pérez. De
hacerlo, estaría devolviendo al pueblo lo que es del pueblo y por
motus-propio estaría legitimando su mandato, gracias a la magnanimidad
de nuestra carta; por cuanto el Artículo 307 de la Constitución
del 79 no requiere de ninguna mayoría y mucho menos del tan sabido
consenso; SOLO EXIGE DE SU INMEDIATA REPOSICIÓN. Así
mismo, instamos a los peruanos que no se dejen engañar por afirmaciones
falsas como las del señor Luis Bedoya Reyes y de sus seguidores,
quienes sostienen que la Constitución de 1979 no es para la actual
globalización. Luis Bedoya Reyes dice: “Es muy difícil modelar la
Constitución del 79 a una realidad que ha cambiado a partir del año
90, nosotros hicimos una constitución para la bipolaridad(...) no la
hicimos para la aldea global ni la globalización, el mundo ha tenido un
viraje importante y ese viraje tiene que reflejarse en la constitución”.
Esto que dice Luis Bedoya Reyes es totalmente falso, por cuanto, ni la
Constitución de Inglaterra, ni la de Estados Unidos de Norte América
que, son las más antiguas en el mundo y presiden la
normatividad de los dos países más poderosos y del desarrollo
global, tienen en su texto constitucional la palabra global o alguna
alusión al respecto. De donde se desprende que, una Constitución
antigua o joven no vale solo por las relaciones que ella patrocina, sino
que es válida porque ella, fundamentalmente, representa la
soberanía auténtica de su pueblo, ejercida por la libertad de sus
otorgantes y la del pueblo que la sustenta. Al mismo tiempo
es totalmente falso e irrisorio que, la Constitución de 1979 es
antigua o caduca por no tener en ninguna de sus
relaciones la palabra globalización. Señor Bedoya Reyes, no borre
con la mano izquierda lo poco que escribió con su mano derecha en la
historia del Perú; a otro chino con este cuento. Finalmente,
no debe asustar a los peruanos, ni menos a los que participan en la
cuestión económica de nuestro país, los inversionistas y la clase
laboral, las afirmaciones falsas y tendenciosas que señalan que,
“la Carta del 79 es una Constitución estatizante,
socializante, o nacionalista, y que atenta y frustra al desarrollo y la
iniciativa privada, y que por lo tanto no es conveniente para el
desarrollo económico social del Perú”. Acusar, de esta
direccionalidad, a la Carta del 79 es totalmente innoble y perverso. En
todo caso la Carta del 79 lo que hace es recoger el espíritu de la
actual legislación de los países más prósperos del mundo. ¿Acaso la
actual legislación de los Estados Unidos de Norte América,
Inglaterra, Francia y de otros países más, no es socializante? Ya que
los problemas de la salud, la vejez, pensiones, la indigencia, la
educación, la habitación, el desempleo y los sueldos mínimos,
son de especialísimo interés en estos Estados y resueltos
mediante fondos públicos, y la acción coercitiva del Estado,
obligando incluso, a los empleadores a pagar sueldos mínimos dignos, y,
a la formación de fondos para el desempleo, mediante dineros provenientes
de la empresa privada. Esto, señores, es simplemente
bienestar y justicia social, en cualquier parte del mundo. No pintemos
monstruos, donde no los hay. ¿Acaso la legislación de estos
países, los más poderosos del mundo, no protege la actividad de las empresas
privadas, y no por eso, se les señala como países estatizantes? ¿Acaso
en estos países, la legislación no protege la inversión
privada nacional, y no, por eso se les dicen nacionalistas? Lo
que sí, debemos temer los peruanos, es al poder omnívoro que el
estatuto del Señor Fujimori, la mal llamada Constitución
del 93, otorga al presidente de la república; poder al que el
actual congreso, y los demás poderes temen, hasta el consabido “Sí
Señor”. Y consecuentemente los peruanos debemos temer la
ilegitimidad de las normas Fujimoristas, que solo es capaz de
generar más ilegitimidad y corrupción en nuestro pueblo, como la que
se pretende, con la impunidad del más grande corrupto y corruptor
del Perú, la del dictador, el Señor Fujimori. Fundados
en las verdades expuestas, sin ánimo de ofender a nadie ni faltar el
respeto, sino muy al contrario apelando a la sensibilidad de hombre de
bien del Señor Presidente del presente régimen de gobierno Señor Alan
García Pérez, los suscritos solicitamos nos conceda audiencia pública
a efecto de exponer y sustentar el único camino viable de retorno
a la Constitución de 1979. Sin
otro particular, de conformidad al Articulo 307 de la Constitución del
Perú. Los
Hermanos Bernal Gayoso. Geber Bernal Gayoso Rubén Bernal Gayoso
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